A través de la Secretaría de Hacienda y Administración se informa que en virtud de la Ordenanza Tributaria N° 836/2022 se establece para el:
๐๐๐๐ ๐๐ ๐๐๐๐๐๐๐ ๐๐๐ ๐๐๐๐๐๐: un descuento del 25% a los contribuyentes que no tengan deuda en la Tasa General de Inmuebles y un 10% para los que posean deuda. La cancelación del año fiscal sólo podrá solicitarse en sede Municipal antes del 10/02 que opera el vencimiento del mismo.
๐๐๐๐ ๐๐ ๐๐๐๐๐๐ ๐๐๐ ๐๐๐๐๐๐: establece un 10% de descuento en la cuota mensual si abona antes del primer vencimiento que operan hasta el día 15 de cada mes. Aquellos contribuyentes que no registren deuda y hubieran abonando las cuotas 1 a 11 antes del primer vencimiento, obtendrán una bonificación del 50% en la cuota 12.
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